Estimados/as socios/as:
Consejo Directivo
COMUNICADO DEL COLEGIO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE – ZONA NORTE
El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial observa con preocupación las sucesivas manifestaciones públicas provenientes de integrantes de otros poderes del Estado, como así también de informaciones volcadas a través de la prensa, centradas principalmente en aspectos relacionados con la situación salarial de los estamentos que componen el Poder Judicial de la provincia, como asimismo opiniones referidas a la situación del sector frente al Impuesto a las Ganancias, y también la vinculación de nuestro sector con el déficit de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
Con relación al régimen salarial del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, cabe recordar que el mismo se encuentra regulado por la ley provincial 11.196, que establece un sistema de “equiparación” con el régimen salarial del Poder Judicial de la Nación, no escuchándose voces que cuestionen las escalas salariales de la Justicia Federal. No parece un despropósito que los integrantes de las Justicias provinciales perciban una remuneración razonablemente equiparable con la remuneración que perciben los estamentos de la Justicia Nacional; y en ese orden de ideas, recientemente representantes de la F.A.M. se reunieron con el Presiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para analizar y considerar la necesidad de arbitrar mecanismos que permitan revertir la asimetría salarial que existe entre la Justicia nacional y las justicias provinciales, que presenta casos en los que la brecha salarial es muy grande.
En momentos en que se pone de manifiesto la necesidad de acortar esa brecha salarial que existe entre la Justicia nacional y las Justicias provinciales, en un intento por “igualar hacia arriba”, aparecen estos comentarios desafortunados que malintencionadamente buscan generar un clima propicio para intentar “igualar hacia abajo”, siendo preocupante además que dichas opiniones provienen de sectores vinculados con la actividad jurisdiccional, que parecen perder de vista que la Institución que nos contiene a todos los operadores judiciales se consolida o se degrada conforme sea la mayor o menor asignación presupuestaria, y la mayor o menor remuneración que se establezca para sus integrantes.
Por otra parte, se han levantado voces desde distintos ámbitos institucionales, en una maniobra que evidencia una estrategia coordinada; planteando la necesidad de que los estamentos del Poder Judicial tributen el Impuesto a las Ganancias. Sectores que ayer pregonaban que “el salario no es ganancia” y la necesidad de eliminación de este impuesto, hoy parecen haber dejado de lado esas banderas embarcados en una cruzada contra el Poder Judicial, en otro esfuerzo por tratar de igualar para abajo.
En este orden de ideas, llama poderosamente la atención, que sea el Colegio de Abogados de Santa Fe, quien ha emitido un documento sobre la necesidad de que los jueces, funcionarios y empleados judiciales paguen el Impuesto a las Ganancias, posicionándose de tal forma en un tema que carece de implicancia concreta sobre el ejercicio profesional de sus representados, generando en forma innecesaria una situación de malestar entre los abogados y los magistrados, funcionarios y empleados judiciales; en un evidente error de conducción de sus directivos que pone en riesgo el equilibrio y la armonía que debe existir entre los actores judiciales.
La pretensión de que se aplique el Impuesto a las Ganancias al Poder Judicial, además de soslayar el principal inconveniente por el cual no ha podido materializarse el tributo desde la sanción de la ley respectiva, esto es, aplicar el impuesto sin violentar la Constitución; implica desconocer que las escalas salariales establecidas para el Poder Judicial han sido definidas teniendo en cuenta que el sector no tributa el Impuesto a las Ganancias, por lo tanto esgrimir como “reivindicación” que el Poder Judicial tribute ahora dicho impuesto, significa exponer al sector a una disminución sustancial de su salario, que afectará seriamente su esquema económico familiar que se ha estructurado de acuerdo al nivel salarial de cada categoría.
Por eso causa sorpresa que el Colegio de Abogados de Santa Fe se encuentre alineado en esta postura con estos sectores, llevando adelante un planteo ajeno a la incumbencia profesional de sus representados, en lugar de ocuparse de otros aspectos que sí son específicos de su función, como por ejemplo, velar por el correcto ejercicio profesional, aplicando las sanciones correspondientes a aquellos abogados que, incluso con sentencia condenatoria de Cámara por hechos delictivos cometidos en el ejercicio profesional, continúan ejerciendo regularmente su actividad; o a aquellos abogados que, más allá de las costosas campañas publicitarias desplegadas, continúan desarrollando con total impunidad su red de captación de víctimas de accidentes.
Que asimismo, también provoca asombro que en esta montada campaña contra el Poder Judicial -la que vale aclarar se encuentra limitada a actores locales- se alcen voces desde las autoridades de la Facultad de Derecho de la UNL, cuando tal casa de estudios no tiene ninguna injerencia en lo que respecta al quehacer judicial.
Pero por lo demás, y sin dejar de soslayar la utilización del Poder Judicial con fines estrictamente políticos y de distracción de los verdaderos problemas que aquejan a los ciudadanos, lamentamos profundamente que desde estas instituciones se esté intentando poner a la sociedad en contra de los magistrados y funcionarios, en un preocupante escenario en el que incluso, se arrojan cifras salariales alejadas del común denominador de este sector, y en un peligroso antecedente desde el punto de vista de la seguridad de los trabajadores.
Finalmente, deben nuestros asociados tener en claro que si lo que se ataca es la remuneración de los integrantes del Poder Judicial, el objetivo perseguido es el menoscabo de la independencia de este Poder. Un juez erosionado desde distintas órbitas, puede convertirse en un juez maleable, sujeto a las apetencias de sectores corporativos, y claro está, de sus intereses puramente económicos, alejados de las necesidades de los ciudadanos.
Y en ese sentido no debemos olvidar que la intangibilidad prevista en el artículo 110 de la Constitución Nacional y en el artículo 88 de la Constitución Nacional -establecida como garantía de independencia-, tiene un claro objetivo: “evitar las presiones indirectas sobre los magistrados, sometiéndolos a la voluntad de los otros poderes o de los intereses económicos…” (conf. Gelli, María Angélica; en “Constitución de la Nación Argentina. Comentada y Concordada”; La Ley; Bs. As.; 2011; pág. 466).
Es sobre tal garantía de independencia, que desde las aludidas instituciones se está orquestando este inusitado y nunca visto ataque.
Consideramos saludable dejar de lado este tipo de planteos inconducentes y apostar a la construcción de una relación constructiva y madura entre los distintos actores del sistema de Justicia.